REGLAMENTO DEL JUEGO Abonos Numancia 26/27del 17/10/26 al 29/10/26

  1. Responsable del tratamiento
    De conformidad con el Reglamento General de Protección de Datos Personales (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016 (RGPD) y con la Ley
    Orgánica española 3/2018 de 5 de diciembre (LOPDGDD), la Sociedad Organizadora, en su calidad de responsable del tratamiento, tratará sus
    datos personales con las siguientes finalidades:
    Organizar la participación en el juego, incluyendo la verificación de las condiciones, la identificación de los ganadores y la entrega de las
    Dotaciones. La base jurídica del tratamiento se fundamenta en la aceptación expresa del presente reglamento.
    Prevenir el fraude y gestionar las reclamaciones o litigios que pudieran derivarse del desarrollo del juego. La base jurídica de este
    tratamiento es el interés legítimo del responsable del tratamiento.
    Para ofrecer ofertas comerciales personalizadas mediante un perfilado publicitario, que consiste en analizar o predecir elementos
    relacionados, en particular, con las preferencias personales, los intereses y el comportamiento de una persona física, sobre la base del
    consentimiento previo del participante, el cual podrá retirar en cualquier momento.
    De conformidad con la normativa relativa a la protección de datos de carácter personal, los Participantes aceptan que el número de su tarjeta de
    fidelidad E.Leclerc sea recogido en el momento de su participación en el Juego.
    Al facilitar su número de tarjeta de fidelidad, los participantes autorizan a la Sociedad Organizadora a acceder a los datos personales vinculados
    a su tarjeta de fidelidad E.Leclerc, que incluyen, como mínimo: el número de la tarjeta de fidelidad, el nombre, los apellidos, la dirección de correo
    electrónico, el número de teléfono y sus preferencias de comunicación.
    Los datos se recogen a través de la aplicación móvil Mi E.Leclerc, mediante la cual el participante accede al juego, introduce su combinación de
    números y consulta el resultado del sorteo.
  2. Destinatarios
    Los datos de los participantes estarán destinados, dentro de los límites de sus atribuciones:
    A la Sociedad Organizadora,
    A su(s) encargado(s) del tratamiento,
    En su caso, al notario o fedatario público designado.
    Asimismo, podrán ser comunicados a las autoridades públicas o judiciales en caso de requerimiento legal. Fuera de estos supuestos, ningún
    dato será transmitido a terceros, salvo obligación legal.
  3. Plazo de conservación
    Los datos se conservarán durante la duración del juego y durante un mes después de su finalización, con el fin de gestionar posibles
    reclamaciones.
    Una vez transcurrido este plazo, o cuando ya no sean necesarios para las finalidades descritas, los datos serán debidamente bloqueados durante
    un período de cinco años, a fin de atender posibles responsabilidades contractuales o fiscales.
  4. Derechos de los participantes
    De conformidad con la normativa vigente, usted dispone de los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del
    tratamiento, portabilidad de los datos y definición de las directrices relativas a la conservación, eliminación y comunicación de sus datos
    personales tras su fallecimiento.
    Podrá ejercer estos derechos dirigiéndose, según corresponda, a la Sociedad Organizadora para cualquier cuestión relacionada con la
    organización del concurso, o al centro E.Leclerc al que esté vinculada su tarjeta de fidelidad, en lo que respecta al tratamiento de los datos
    correspondientes.
    Este contacto podrá realizarse por correo electrónico o mediante carta dirigida a la dirección postal indicada en el Anexo 1 del presente
    Reglamento. Encontrará más información en nuestros centros o en el sitio web: [X].
    Si considera que sus derechos no han sido respetados, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos
    (www.aepd.es).
    ARTÍCULO 13. REGLAMENTO
    Aceptación del reglamento :
    Antes de participar en el Juego, cada participante deberá leer y aceptar sin reserva alguna el presente reglamento y los principios del Juego.
    El hecho de participar en este Juego implica la aceptación sin reservas del presente reglamento completo, así como de las modalidades de
    desarrollo del Juego.
    Modificación del reglamento :
    Cualquier modificación realizada en el Juego y en su reglamento será objeto de una nueva versión del presente documento.
    La Sociedad Organizadora informará a los participantes de dichas modificaciones por cualquier medio que estime oportuno la propia Sociedad
    Organizadora.
    Consulta del reglamento :
    El reglamento está disponible en la recepción de su establecimiento, en la Aplicación durante todo el período del Juego, y en la web del
    establecimiento.
    Reclamaciones :
    Toda reclamación o controversia deberá formularse por escrito y dirigirse a la Sociedad Organizadora.
    La solicitud deberá incluir obligatoriamente el nombre del Juego, la fecha exacta de participación, los datos completos del participante y el motivo
    preciso de la reclamación.
    No se aceptará ningún otro modo de reclamación.
    Las reclamaciones escritas no serán tenidas en cuenta por la Sociedad Organizadora una vez transcurrido un (1) mes desde la finalización del
    Juego.
    ARTÍCULO 14. FISCALIDAD
    La obtención de las Dotaciones por parte de los Ganadores del Juego está sujeta a las disposiciones de la normativa fiscal española vigente en
    cada momento.
    De acuerdo con la normativa fiscal española relativa al impuesto sobre la renta de las personas físicas, las Dotaciones concedidas por la
    participación en juegos, concursos, tómbolas o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetas a
    la retención del impuesto sobre la renta de las personas físicas, conforme a la legislación fiscal española vigente en el momento de la
    adjudicación del premio, siempre que el valor del mismo sea superior a 300 euros.
    Asimismo, y de acuerdo con la normativa fiscal española vigente, la Sociedad Organizadora efectuará la retención y el ingreso a cuenta
    correspondientes sobre el premio otorgado y emitirá, en su momento, el certificado pertinente para facilitar el cumplimiento de las obligaciones
    fiscales del Participante, debiendo éste incluir el importe del premio recibido como rendimiento en su declaración del impuesto sobre la renta de
    las personas físicas, junto con el resto de los ingresos que perciba, pudiendo deducir del total el importe indicado en el certificado de retención
    mencionado como ya abonado.
    ARTÍCULO 16. LEY APLICABLE – LITIGIOS – INTERPRETACIÓN
    El presente Reglamento se rige por el derecho común español, quedando expresamente excluido cualquier régimen jurídico foral que pudiera
    resultar aplicable.
    Cualquier dificultad relativa a la aplicación o interpretación del Reglamento, así como cualquier cuestión imprevista que pudiera surgir en el marco
    de la participación en el Juego, será resuelta por la Sociedad Organizadora.
    En caso de desacuerdo persistente relacionado con la aplicación o interpretación del presente reglamento y ante la falta de un acuerdo amistoso,
    el litigio será sometido a los Tribunales competentes.
    En caso de discrepancia entre el jugador y la Sociedad Organizadora sobre una diferencia entre la información mostrada en la pantalla de la
    Aplicación y la registrada informáticamente por los sistemas del Juego, únicamente prevalecerá la información registrada por dichos sistemas.
    Toda reclamación o controversia deberá formularse por escrito y dirigirse a la dirección de la Sociedad Organizadora indicada en el artículo 1.
    La solicitud deberá incluir obligatoriamente el nombre del Juego, la fecha exacta de participación, los datos completos del Participante y el motivo
    preciso de la reclamación.
    No se aceptará ningún otro modo de reclamación. Las reclamaciones escritas no serán tenidas en cuenta por la Sociedad Organizadora una vez
    transcurrido un (1) mes desde la finalización del Juego.
    Soria :
    Denominación social : SORIADIS, S.L.
    NIF: B-42141176
    Dirección : Polígono Industrial «Las Casas», calle J, Parcela 290, 42005, SORIA
    Email de contacto del DPO : dpd@audidat.co


ARTÍCULO 1. ORGANIZACIÓN DEL JUEGO
La sociedad B42141176, S.L., punto de venta bajo el rótulo E.Leclerc, sociedad de responsabilidad limitada de derecho español cuyo domicilio social se encuentra en la dirección Pol. Ind. Las Casas, C/J, Parc. 290,con Número de Identificación Fiscal (N.I.F.) 42005(en adelante, la «Sociedad Organizadora»), organiza del 17/10/26al 29/10/26un juego con obligación de compra (en adelante, el «Juego»), cuyas modalidades se exponen a continuación.


ARTÍCULO 2. CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN
Juego con obligación de compra, abierto a toda persona física mayor de edad residente en España, titular de una tarjeta de fidelidad E.Leclerc, con exclusión de los miembros del personal de la Sociedad Organizadora y de sus familias y, de manera general, de las empresas y personas que hayan participado directa o ndirectamente en su promoción y/o realización.
Esta exclusión se extiende igualmente a todos los miembros del hogar de dicho personal (mismo nombre y/o misma dirección postal y/o misma dirección electrónica).
El Juego está abierto a toda persona que haya cumplido una de las condiciones de obtención del cupón detalladas en el artículo 5 del presente reglamento. El juego está exclusivamente abierto para las compras realizadas legalmente en tiendas físicas. Todo canal de compra en línea queda excluido.
La Sociedad Organizadora se reserva el derecho de realizar todas las verificaciones necesarias relativas a la identidad y a los datos de contacto de los participantes. La Sociedad Organizadora se reserva el derecho de comprobar la identidad de los participantes solicitándoles una copia de su documento de identidad.
Toda persona que no cumpla las condiciones de participación será excluida del Juego sin poder reclamar el beneficio de una Dotación.


ARTÍCULO 3. DURACIÓN DEL JUEGO
El Juego se desarrollará del 17/10/26 al 29/10/26, siempre que se haya realizado una compra conforme a las presentes condiciones antes del 28/10/2026 al cierre de las tiendas.
El Juego estará abierto a las personas que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 2 del presente reglamento.


ARTÍCULO 4. COMUNICACIÓN DEL JUEGO
La comunicación del Juego podrá difundirse:
En medios digitales,
A través de carteles colocados en el punto de venta y material PLV,
En las redes sociales,
Y en los sitios web de la enseña.


ARTÍCULO 5. PRINCIPIO Y MODALIDADES DEL JUEGO
El Juego es accesible mediante una conexión a internet, desde un teléfono móvil, a través de la aplicación móvil Mi E.Leclerc.
El juego consiste en obtener boletos en la aplicación Mi E.Leclerc, los cuales ofrecerán la posibilidad de participar en el sorteo descrito en el Artículo 7 del presente reglamento.
Desde el 17/10/26 hasta el 28/10/26 inclusive hasta el cierre de la tienda, el participante recibirá boletos en su aplicación Mi E.Leclerc por cada compra realizada según las condiciones siguientes (las «Condiciones de obtención de los Boletos»):
1 boleto a partir de 50€ de compra.
El número de participaciones es ilimitado en el punto de venta físico.
El Participante reconoce expresamente que participa libremente en el Juego y que las compras realizadas por su parte no están motivadas por la esperanza de un premio que pudiera derivarse de su participación en el Juego.

Para participar en el Juego, el cliente debe:

  • Poseer una tarjeta de fidelidad E.Leclerc.
  • Comprar legalmente productos según las Condiciones de Obtención de los Boletos descritas anteriormente.
  • Presentar su tarjeta de fidelidad E.Leclerc en caja al momento de la compra.
  • Acceder a la aplicación móvil gratuita Mi E.Leclerc previamente instalada en su teléfono móvil.
  • Identificarse con su número de Tarjeta E.Leclerc y, en su caso, con el código secreto asociado.
  • Acceder al juego en curso en la aplicación y hacer clic en el botón «Jugar mis boletos».
  • Confirmar haber leído el reglamento marcando la casilla prevista para tal efecto.
  • Activar la animación del juego moviendo los boletos hacia la Urna.
  • En caso de obtener una dotación física, el participante deberá acudir a la recepción del punto de venta para recoger su premio.
  • La participación en el Juego es gratuita y no implica en sí ningún pago adicional para obtener una de las Dotaciones, con excepción de la compra conforme a las condiciones antes mencionadas.


ARTÍCULO 6. DOTACIONES
Se ofrecen, durante el período del Juego, las siguientes Dotaciones (en adelante la «Dotación»):
Premio de rango 1: 30 Abonos C.D. Numancia 26/27 con un valor de 120 €- Valor del conjunto de los premios: 3 600 €
Dotaciones físicas
Las dotaciones físicas serán entregadas personalmente en la recepción del hipermercado E.LECLERC Soriadis S.L..
Las dotaciones físicas deberán ser retiradas por el Ganador dentro del plazo de Premio de rango 1: 10 días
, según se indica en la aplicación Mi E.Leclerc.
Este plazo se cuenta a partir de la fecha de finalización del juego. En caso de que dicho plazo expire en día festivo, el final del plazo se trasladará al primer día hábil siguiente.
En el supuesto de que, por una causa ajena a la voluntad de la Sociedad Organizadora, el Ganador no pudiera retirar su dotación dentro del citado plazo, ésta se considerará definitivamente perdida. En tal caso, no se deberá al Ganador ninguna indemnización de ningún tipo.
La Dotación no podrá dar lugar a ninguna reclamación, ni a la entrega de su contravalor en dinero, ni a su intercambio o sustitución. Los gastos de desplazamiento, seguros, transporte, etc., inherentes al disfrute de la Dotación, pero no expresamente previstos en las mismas, correrán a cargo del Ganador. Las fotografías o representaciones gráficas que muestran los Premios se comunican únicamente a título ilustrativo y no
podrán en ningún caso considerarse contractuales.


ARTÍCULO 7. DETERMINACIÓN DE LOS GANADORES
El Juego funciona según el principio de una tómbola. Los ganadores serán designados mediante sorteo entre todos los boletos jugados en la aplicación Mi E.Leclerc (tal como se define en el artículo 5).
El sorteo se realizará de manera aleatoria e imparcial.
El sorteo tendrá lugar el 29/10/2026.
Tras el sorteo, el participante descubrirá en la aplicación Mi E.Leclerc si uno de sus boletos resulta ganador y el premio que ha obtenido.
También será informado del plazo de recogida correspondiente a dicho premio.
Un mismo participante podrá ganar varios premios.
La Sociedad Organizadora se reserva el derecho de publicar el nombre del Ganador con el fin de asegurar la publicidad y promoción del Juego,
siempre y cuando cuente con su consentimiento previo.


ARTÍCULO 8. ATRIBUCIÓN DE LAS DOTACIONES
Las Dotaciones no podrán percibirse en ninguna otra forma que la prevista en el presente reglamento.
En ningún caso el ganador podrá solicitar que la Dotación otorgada por la Sociedad Organizadora sea canjeada por su valor en efectivo ni que sea objeto de intercambio o sustitución por otra Dotación.
Las dotaciones físicas serán entregadas personalmente en la recepción del hipermercado de la Sociedad Organizadora dentro del plazo de Premio de rango 1: 10 días, según se indica en la aplicación Mi E.Leclerc.
Este plazo se cuenta a partir de la fecha de finalización del juego. En caso de que dicho plazo expire en día festivo, el final del plazo se trasladará al primer día hábil siguiente.
La Dotación no podrá ser objeto de reembolso en efectivo ni de contraprestación alguna de cualquier tipo, y será intransferible.
No obstante, en caso de fuerza mayor, la Sociedad Organizadora se reserva el derecho de sustituir la Dotación anunciada por otra de valor equivalente.


ARTÍCULO 9. OBLIGACIONES DE LOS PARTICIPANTES – PARTICIPACIONES NO CONFORMES
Toda participación que no cumpla con las disposiciones del presente reglamento no podrá ser tenida en cuenta y conllevará la nulidad de la participación y, por consiguiente, la anulación de la Dotación eventualmente obtenida.
Lo mismo ocurrirá si se demuestra que se han producido fraudes de cualquier forma y origen en el marco de la participación en el Juego y/o en la determinación de los ganadores.
En caso de sospecha de fraude o de participación desleal, la Sociedad Organizadora se reserva el derecho de realizar todas las verificaciones que considere oportunas y de emprender acciones legales contra cualquier persona que haya hecho trampa, cometido fraude, manipulado o perturbado el buen funcionamiento del Juego, y en general, de las operaciones descritas en el presente reglamento, o que haya intentado hacerlo.
La información y los datos de contacto proporcionados por el participante deberán ser válidos y veraces, bajo pena de exclusión del Juego y, en su caso, de la pérdida de la condición de ganador.
Está estrictamente prohibido, por cualquier medio, modificar o intentar modificar la mecánica del Juego propuesta, especialmente con el fin de alterar los resultados o influir de manera desleal en la designación de los ganadores.
Si se comprobara que un participante ha obtenido aparentemente una Dotación contraviniendo el presente reglamento, mediante medios fraudulentos o distintos a los resultantes del proceso descrito por la Sociedad Organizadora en el presente reglamento, la Dotación en cuestión no le será otorgada y permanecerá en propiedad de la Sociedad Organizadora, que se reserva la posibilidad de reasignar o no dicha Dotación a
otro participante, sin perjuicio de las posibles acciones legales que puedan emprenderse contra el participante por parte de la Sociedad Organizadora o de terceros.
Los participantes autorizan todas las verificaciones relativas a su identidad o a la honestidad y veracidad de su participación. Toda declaración falsa o indicación errónea de identidad conllevará la eliminación inmediata del Participante y, en su caso, la anulación de la Dotación.
La Sociedad Organizadora se reserva el derecho de excluir, descalificar o invalidar el premio de toda persona que no respete completamente el reglamento.
La Sociedad Organizadora podrá decidir cancelar el Juego si se constata que han ocurrido fraudes de cualquier tipo.
La Sociedad Organizadora es la única responsable de decidir la exclusión de los participantes implicados, en función de la información de la que disponga. En caso de sanción o reclamación, corresponderá a los participantes aportar la prueba de que han actuado de conformidad con el presente reglamento. La responsabilidad de la Sociedad Organizadora no podrá verse comprometida a este respecto.


ARTÍCULO 10. RESPONSABILIDAD DE LA SOCIEDAD ORGANIZADORA
La Sociedad Organizadora no podrá ser considerada responsable de ningún daño directo o indirecto resultante, sin que esta lista sea exhaustiva, de la participación en el Juego, de un mal funcionamiento del mismo, cualquiera que sea su causa, o del disfrute o utilización de la Dotación ganada, lo que los participantes reconocen expresamente.
La Sociedad Organizadora no podrá ser considerada responsable, ni podrá emprenderse ninguna acción en su contra, en caso de actos de terceros, acontecimientos ajenos a su voluntad o la aparición de hechos que presenten las características de fuerza mayor, tal como se definen en la legislación y jurisprudencia española, sin que esta lista sea exhaustiva, que impidan el correcto desarrollo del Juego, obliguen a modificarlo,
priven parcial o totalmente a los ganadores del beneficio de su premio, prolonguen el plazo de entrega de las Dotaciones o provoquen la pérdida o deterioro de la Dotación.
La Sociedad Organizadora se exime de toda responsabilidad relativa a una eventual insatisfacción del ganador con respecto a su Dotación.
La Sociedad Organizadora del Juego no podrá ser considerada responsable si, por causa de fuerza mayor, se viera obligada a cancelar el presente Juego, acortarlo, prolongarlo, aplazarlo o modificarlo.
La participación en el Juego implica el conocimiento y la aceptación de las características y limitaciones de internet, especialmente en lo que respecta al rendimiento técnico, los tiempos de respuesta para consultar, solicitar o transferir información, los riesgos de interrupción y, en general, los riesgos inherentes a toda conexión y transmisión en internet, la ausencia de protección de ciertos datos contra posibles desvíos y los
riesgos de contaminación por eventuales virus que circulen por la red.
En consecuencia, la Sociedad Organizadora no podrá en ningún caso ser considerada responsable, sin que esta lista sea limitativa:
De la transmisión y/o recepción de cualquier dato y/o información en internet;
De cualquier mal funcionamiento de la red de internet que impida el correcto desarrollo o funcionamiento del Juego;
De fallos en cualquier equipo de recepción o en las líneas de comunicación;
De la pérdida de cualquier correo postal o electrónico y, en general, de la pérdida de cualquier dato;
De problemas de envío o entrega;
Del funcionamiento de cualquier software;
De las consecuencias de cualquier virus, error informático, anomalía o fallo técnico;
De cualquier daño causado al ordenador de un participante;
De cualquier fallo técnico, material o de software de cualquier naturaleza que haya impedido o limitado la posibilidad de participar en el Juego o haya dañado el sistema de un participante.
Se precisa que la Sociedad Organizadora no podrá ser considerada responsable de ningún daño directo o indirecto derivado de una interrupción o mal funcionamiento, cualquiera que sea su causa, o de cualquier daño directo resultante, de cualquier manera, de una conexión con la aplicación Mi E.Leclerc.
Corresponde a cada participante adoptar todas las medidas adecuadas para proteger sus propios datos y/o programas almacenados en su equipo informático contra cualquier daño. La conexión de cualquier persona a la aplicación Mi E.Leclerc y la participación de los participantes en el Juego se realiza bajo su entera responsabilidad.
Asimismo, la descompilación del Juego, el uso de scripts personales o cualquier otro método destinado a eludir el uso previsto del Juego según el presente reglamento se considerará igualmente un intento de fraude y conllevará la eliminación inmediata y sin recurso del participante.


ARTÍCULO 11. DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
De conformidad con las leyes que rigen los derechos de propiedad intelectual, la reproducción o representación total o parcial de cualquiera de los elementos que componen este Juego está estrictamente prohibida.
Todas las marcas o nombres de productos mencionados en el Juego son marcas registradas que pertenecen a sus respectivos propietarios.


ARTÍCULO 12. TRATAMIENTO DE LOS DATOS PERSONALES

  1. Responsable del tratamiento
    De conformidad con el Reglamento General de Protección de Datos Personales (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016 (RGPD) y con la Ley Orgánica española 3/2018 de 5 de diciembre (LOPDGDD), la Sociedad Organizadora, en su calidad de responsable del tratamiento, tratará sus datos personales con las siguientes finalidades:
    Organizar la participación en el juego, incluyendo la verificación de las condiciones, la identificación de los ganadores y la entrega de las Dotaciones. La base jurídica del tratamiento se fundamenta en la aceptación expresa del presente reglamento.
    Prevenir el fraude y gestionar las reclamaciones o litigios que pudieran derivarse del desarrollo del juego. La base jurídica de este tratamiento es el interés legítimo del responsable del tratamiento.
    Para ofrecer ofertas comerciales personalizadas mediante un perfilado publicitario, que consiste en analizar o predecir elementos relacionados, en particular, con las preferencias personales, los intereses y el comportamiento de una persona física, sobre la base del consentimiento previo del participante, el cual podrá retirar en cualquier momento.
    De conformidad con la normativa relativa a la protección de datos de carácter personal, los Participantes aceptan que el número de su tarjeta de fidelidad E.Leclerc sea recogido en el momento de su participación en el Juego.
    Al facilitar su número de tarjeta de fidelidad, los participantes autorizan a la Sociedad Organizadora a acceder a los datos personales vinculados a su tarjeta de fidelidad E.Leclerc, que incluyen, como mínimo: el número de la tarjeta de fidelidad, el nombre, los apellidos, la dirección de correo electrónico, el número de teléfono y sus preferencias de comunicación.
    Los datos se recogen a través de la aplicación móvil Mi E.Leclerc, mediante la cual el participante accede al juego, introduce su combinación de números y consulta el resultado del sorteo.
  2. Destinatarios
    Los datos de los participantes estarán destinados, dentro de los límites de sus atribuciones:
    A la Sociedad Organizadora, A su(s) encargado(s) del tratamiento, En su caso, al notario o fedatario público designado.
    Asimismo, podrán ser comunicados a las autoridades públicas o judiciales en caso de requerimiento legal. Fuera de estos supuestos, ningún dato será transmitido a terceros, salvo obligación legal.
  3. Plazo de conservación
    Los datos se conservarán durante la duración del juego y durante un mes después de su finalización, con el fin de gestionar posibles reclamaciones.
    Una vez transcurrido este plazo, o cuando ya no sean necesarios para las finalidades descritas, los datos serán debidamente bloqueados durante un período de cinco años, a fin de atender posibles responsabilidades contractuales o fiscales.
  4. Derechos de los participantes
    De conformidad con la normativa vigente, usted dispone de los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de los datos y definición de las directrices relativas a la conservación, eliminación y comunicación de sus datos personales tras su fallecimiento.
    Podrá ejercer estos derechos dirigiéndose, según corresponda, a la Sociedad Organizadora para cualquier cuestión relacionada con la organización del concurso, o al centro E.Leclerc al que esté vinculada su tarjeta de fidelidad, en lo que respecta al tratamiento de los datos correspondientes.
    Este contacto podrá realizarse por correo electrónico o mediante carta dirigida a la dirección postal indicada en el Anexo 1 del presente Reglamento.
  5. Encontrará más información en nuestros centros o en el sitio web: [X].
    Si considera que sus derechos no han sido respetados, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es).

  6. ARTÍCULO 13. REGLAMENTO
    Aceptación del reglamento :
    Antes de participar en el Juego, cada participante deberá leer y aceptar sin reserva alguna el presente reglamento y los principios del Juego.
    El hecho de participar en este Juego implica la aceptación sin reservas del presente reglamento completo, así como de las modalidades de desarrollo del Juego.
    Modificación del reglamento :
    Cualquier modificación realizada en el Juego y en su reglamento será objeto de una nueva versión del presente documento.
    La Sociedad Organizadora informará a los participantes de dichas modificaciones por cualquier medio que estime oportuno la propia Sociedad Organizadora.
    Consulta del reglamento :
    El reglamento está disponible en la recepción de su establecimiento, en la Aplicación durante todo el período del Juego, y en la web del establecimiento.
    Reclamaciones :
    Toda reclamación o controversia deberá formularse por escrito y dirigirse a la Sociedad Organizadora.
    La solicitud deberá incluir obligatoriamente el nombre del Juego, la fecha exacta de participación, los datos completos del participante y el motivo preciso de la reclamación.
    No se aceptará ningún otro modo de reclamación.
    Las reclamaciones escritas no serán tenidas en cuenta por la Sociedad Organizadora una vez transcurrido un (1) mes desde la finalización del Juego.

  7. ARTÍCULO 14. FISCALIDAD
    La obtención de las Dotaciones por parte de los Ganadores del Juego está sujeta a las disposiciones de la normativa fiscal española vigente en cada momento.
    De acuerdo con la normativa fiscal española relativa al impuesto sobre la renta de las personas físicas, las Dotaciones concedidas por la participación en juegos, concursos, tómbolas o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetas a la retención del impuesto sobre la renta de las personas físicas, conforme a la legislación fiscal española vigente en el momento de la
    adjudicación del premio, siempre que el valor del mismo sea superior a 300 euros.
    Asimismo, y de acuerdo con la normativa fiscal española vigente, la Sociedad Organizadora efectuará la retención y el ingreso a cuenta correspondientes sobre el premio otorgado y emitirá, en su momento, el certificado pertinente para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales del Participante, debiendo éste incluir el importe del premio recibido como rendimiento en su declaración del impuesto sobre la renta de
    las personas físicas, junto con el resto de los ingresos que perciba, pudiendo deducir del total el importe indicado en el certificado de retención mencionado como ya abonado.

  8. ARTÍCULO 16. LEY APLICABLE – LITIGIOS – INTERPRETACIÓN
    El presente Reglamento se rige por el derecho común español, quedando expresamente excluido cualquier régimen jurídico foral que pudiera
    resultar aplicable.
    Cualquier dificultad relativa a la aplicación o interpretación del Reglamento, así como cualquier cuestión imprevista que pudiera surgir en el marco
    de la participación en el Juego, será resuelta por la Sociedad Organizadora.
    En caso de desacuerdo persistente relacionado con la aplicación o interpretación del presente reglamento y ante la falta de un acuerdo amistoso,
    el litigio será sometido a los Tribunales competentes.
    En caso de discrepancia entre el jugador y la Sociedad Organizadora sobre una diferencia entre la información mostrada en la pantalla de la
    Aplicación y la registrada informáticamente por los sistemas del Juego, únicamente prevalecerá la información registrada por dichos sistemas.
    Toda reclamación o controversia deberá formularse por escrito y dirigirse a la dirección de la Sociedad Organizadora indicada en el artículo 1.
    La solicitud deberá incluir obligatoriamente el nombre del Juego, la fecha exacta de participación, los datos completos del Participante y el motivo preciso de la reclamación.
    No se aceptará ningún otro modo de reclamación. Las reclamaciones escritas no serán tenidas en cuenta por la Sociedad Organizadora una vez transcurrido un (1) mes desde la finalización del Juego.
    Soria :
    Denominación social : SORIADIS, S.L.
    NIF: B-42141176
    Dirección : Polígono Industrial «Las Casas», calle J, Parcela 290, 42005, SORIA
    Email de contacto del DPO : dpd@audidat.com