1.-Organizador:
Las sociedades explotadoras de los hipermercados y supermercados E.Leclerc (en adelante “E.Leclerc”) que se indican en el Anexo I, tienen previsto realizar una promoción dirigida a sus clientes, que se llevará a cabo en el lugar, fechas y condiciones que más adelante se detallan.
2.- Objetivo y plazo de participación:
El objetivo de esta promoción es premiar la fidelidad de los clientes.
En esta promoción únicamente participarán todas aquellas personas que realicen cualquier compra en uno de los hipermercados o supermercados E.Leclerc de Aranjuez, Ciudad Real, Majadahonda, Pamplona (excepto las que se hagan online), Soria (excepto las que se hagan online), Trujillo, Valdemoro o Vitoria entre las 09:00 horas del día 24 de septiembre de 2025 y las 22:00 horas del día 19 de octubre de 2025, siempre y cuando los establecimientos estén abiertos al público. En el hipermercado de Salamanca y León (excepto el de la gasolinera ubicada en la Av. de los Antibióticos), la promoción será desde las 9:00 horas del día 24 de septiembre de 2025 a las 21:30 horas del día 18 de octubre de 2025 y en el de Miranda de Ebro desde las 09:00 horas del día 24 de septiembre de 2025 hasta las 21:30 horas del 11 de octubre de 2025.
No participarán aquellas personas que realicen una compra o consumición en ninguna de las cafeterías o gasolineras E.Leclerc.
3.- Legitimación para participar:
Podrán participar en esta promoción y resultar ganadoras de la misma, todas aquellas personas físicas, mayores de edad, y con residencia fiscal en el territorio nacional de España que, durante el período de tiempo antes indicado, realicen compras, por importe mínimo de 20 euros, en cualquiera de los establecimientos participantes en esta promoción.
No podrán participar en el sorteo ni resultar ganadores del mismo:
- aquellas personas que en el momento de realizarse esta promoción sean deudoras por cualquier título de los hipermercados o supermercados E.Leclerc por cualquier cantidad vencida y no pagada.
- las personas que no acrediten sus datos o identidades completas o las que los hayan proporcionado de manera inexacta o falsa, al igual que las que rechacen la recogida, almacenamiento y utilización de sus datos de carácter personal que sean necesarios para gestionar la segunda promoción.
- las personas jurídicas.
- los empleados de los hipermercados E.Leclerc de Ciudad Real y Salamanca, ni tampoco las personas que hayan intervenido en la realización de esta promoción.
- los empleados de los hipermercados y supermercados de León, Majadahonda, Miranda de Ebro, Soria, Valdemoro y Vitoria podrán participar en el sorteo de los vales de compra valorados en 10, 30 y 50 euros, pero no en los de las aportaciones en las tarjetas de fidelidad E.Leclerc de 300 euros.
- los empleados del hipermercado y supermercados de Soria (incluido el personal de PROSECO, OPV e ISS) podrán participar en el sorteo de los vales de compra valorados en 10, 30 y 50 euros, pero no en los de las aportaciones en las tarjetas de fidelidad E.Leclerc de 300 euros.
En el caso de que alguna de estas personas participara en la promoción y resultara ganadora, en ningún caso se le otorgará el premio correspondiente.
Cualquier participación obtenida de manera anormal, en violación de estas bases o por medio de manipulaciones técnicas destinadas a falsear su honradez, intrusión, o tentativa de intrusión, será cancelada reservándose E.Leclerc el derecho de perseguir al autor del fraude.
4.- Mecánica de la promoción:
Para participar en esta promoción, los clientes deben realizar como mínimo una compra superior a 20 euros en cualquiera de los hipermercados o supermercados E.Leclerc citados anteriormente y durante el período de la promoción.
En los hipermercados y supermercados de Aranjuez, Ciudad Real, Majadahonda, Pamplona, Trujillo, y Valdemoro, la mecánica será:
1.- Tras el ticket de caja se emitirá automáticamente un boleto por cada compra superior a 20 euros y otro más por cada 20 euros de su importe. El número máximo de boletos que se darán por compra será de 5, independientemente del valor de la misma. Un programa informático determinará aleatoriamente si alguno de estos boletos ha resultado premiado con un vale de compra por importe de 10€, 30€ o 50€.
2.- Los boletos premiados con vales de compra podrán ser utilizados por el cliente para adquirir productos en el hipermercado o supermercado en el que los ganó, hasta las 22:00 horas del 19 de noviembre de 2025.
3.- Los boletos no premiados permitirán al cliente participar en el sorteo de las aportaciones en las tarjetas de fidelidad E.Leclerc de 300 euros cada una, de acuerdo con el detalle que se indica en el Anexo III.
En los hipermercados de León y Miranda de Ebro, así como en los dos supermercados de León, la mecánica será:
1.- Tras el ticket de caja se emitirá automáticamente un solo boleto por cada compra superior a 20 euros. Un programa informático determinará aleatoriamente si alguno de estos boletos ha resultado premiado con un vale de compra por importe de 10€, 30€ o 50€.
2.-. Los boletos premiados con vales de compra de 10 euros podrán ser canjeados directamente en cajas a partir del día siguiente que lo ganó, para adquirir productos en el hipermercado o supermercado, hasta las 21:30 horas del 22 de noviembre de 2025. Los boletos premiados con 30 y 50 euros deberán entregarse en caja central para ingresar el importe del mismo en la tarjeta E.Leclerc del cliente agraciado.
3.- Los boletos no premiados permitirán al cliente participar en el sorteo de las aportaciones en las tarjetas de fidelidad E.Leclerc de 300 euros cada una, de acuerdo con el detalle que se indica en el Anexo III.
En el hipermercado de Vitoria, la mecánica será:
1.- Tras el ticket de caja se emitirá automáticamente un solo boleto por cada compra superior a 20 euros. Un programa informático determinará aleatoriamente si alguno de estos boletos ha resultado premiado con un vale de compra por importe de 10€, 30€ o 50€.
2.- Los boletos premiados con vales de compra podrán ser utilizados por el
cliente para adquirir productos en el hipermercado en el que
los ganó, a partir del día siguiente hasta las 22:00 horas del 22 de noviembre de 2025.
3.- Los boletos no premiados permitirán al cliente participar en el sorteo de las aportaciones en las tarjetas de fidelidad E.Leclerc de 300 euros cada una, de acuerdo con el detalle que se indica en el Anexo III.
En el hipermercado de Salamanca, así como en los supermercados e hipermercado de Soria, la mecánica será:
1.- Tras el ticket de caja por importe superior a 20 euros, un programa informático determinará aleatoriamente si el cliente ha sido agraciado con un premio o no. El premio consiste en vales de compra, que se incluirán en la tarjeta de fidelidad E.Leclerc, por importes de 10€, 30€ o 50€.
2.- Los boletos premiados con vales de compra deberán entregarse en el mostrador de caja central para introducir el importe del mismo en la tarjeta de fidelidad E.Leclerc del cliente agraciado.
3.- Además, por compras superiores a 50€, los clientes recibirán un único boleto, para participar en el sorteo de una aportación en la tarjeta de fidelidad E.Leclerc por valor de 300€, que deberán depositar, debidamente rellenos, en la urna dispuesta a tal efecto en Información.
El número de aportaciones en la tarjeta de fidelidad E.Leclerc por valor de 300 euros que se sortearán es el indicado en el Anexo III. Este importe se ingresará en la tarjeta de fidelidad de E.Leclerc del cliente agraciado, quien lo podrá ir utilizando para pagar las futuras compras que realice en su hipermercado o supermercado E.Leclerc y no podrá ser objeto de impugnación, ni de reclamación, ni se podrá canjear por dinero.
En caso de que el cliente premiado no dispusiera de tarjeta de fidelidad E.Leclerc, se le creará una nueva a su nombre con la cuantía del premio ingresado para su efectiva utilización.
5.- Premios:
Los boletos premiados con vales de compra de 10€, 30€ o 50€, podrán ser utilizados en compras de productos en el hipermercado o supermercado E.Leclerc en el que se obtuvieron, por el valor que figure en el mismo, esto es, 10€, 30€ o 50€. Los vales sólo podrán ser canjeados por productos a la venta en el propio hipermercado o supermercado E.Leclerc, quedando expresamente prohibido integrarse en la tarjeta de fidelidad E.Leclerc, (excepto en los centros E.Leclerc de Soria y Salamanca que serán reintegrados a la tarjeta de fidelidad E.Leclerc del cliente agraciado), también queda prohibido su canje por dinero o cualquier otro premio distinto al descrito. Los vales de compra premiados caducan a las 22:00 horas del 19 de noviembre de 2025, pasada esta fecha perderán toda efectividad, considerándose caducados a todos los efectos. En el establecimiento de Salamanca, León y Miranda de Ebro los vales caducan a las 21:30 horas del 19 de noviembre de 2025.
En total se emitirán 11.577 vales de compra y se sortearán 26 aportaciones en la tarjeta de fidelidad E.Leclerc de 300 euros. El importe total de los vales de compra será de 142.830 euros y el de aportaciones de 300 euros en la tarjeta de fidelidad será de 7.800 euros.
El importe de los vales de compra sorteados por cada uno de los distintos hipermercados y supermercados E.Leclerc es el siguiente: Aranjuez 17.190 euros, Ciudad Real 17.490 euros, León 20.370 euros, Majadahonda 5.820 euros, Miranda de Ebro 9.260 euros, Pamplona 13.320 euros, Salamanca 20.270 euros, Soria 18.390 euros, Trujillo 3.320 euros, Valdemoro 7.210 euros y Vitoria 10.190 euros.
El desglose de los importes (10€, 30 € o 50€) y números de vales de compra sorteados en las distintas localidades donde se ubican los hipermercados y supermercados se detalla en el Anexo II.
Los vales pueden ser acumulativos, pudiendo utilizarse de forma conjunta en una misma compra. En cualquier caso, si el importe de la compra resulta inferior al del valor del vale, no se devolverá la diferencia en metálico ni en ningún otro tipo de descuento o beneficio.
Cuando el boleto no resulte ganador, se podrá participar en el sorteo de aportaciones en la tarjeta de fidelidad E.Leclerc de 300 euros. Para ello el cliente tendrá que rellenar correctamente el boleto de participación y depositarlo en el lugar indicado al efecto dentro del establecimiento E.Leclerc.
La solicitud de los datos personales se realiza con el objeto de comunicar el premio cuando un cliente resulte ganador. Los boletos de participación ilegibles o incompletos no se tendrán en cuenta, siendo el participante el único responsable de que la información facilitada sea completa, correcta y apropiada.
El sorteo de las aportaciones de 300 euros en la tarjeta de fidelidad E.Leclerc se realizará por cada una de las sociedades explotadoras de los establecimientos E.Leclerc, como muy tarde, el 31 de octubre de 2025 por el medio que cada una considere oportuno. Las sociedades explotadoras de los establecimientos informarán a los clientes que hayan resultado ganadores de tal circunstancia. Si tras la comunicación del resultado al ganador, éste no se pone en contacto con su hipermercado E.Leclerc en el plazo de 15 días naturales a contar desde la comunicación, se considerará que rechaza el premio y se comunicará al sustituto que ha resultado nuevo ganador. Si el sustituto tampoco se pone en contacto con el establecimiento E.Leclerc en el plazo de 15 días naturales a contar desde la comunicación, el premio no se otorgará a ningún otro participante y quedará a disposición de E.Leclerc sin derecho posterior a reclamación.
El importe de las aportaciones de 300 euros en la tarjeta de fidelidad E.Leclerc que se sortearán por cada uno de los distintos establecimientos E.Leclerc es el siguiente: Aranjuez 600 euros, Ciudad Real 300 euros, León 1.200 euros, Majadahonda 600 euros, Miranda de Ebro 900 euros, Pamplona 2.400 euros, Salamanca 300 euros, Soria 600 euros, Trujillo 300 euros, Valdemoro 300 euros y Vitoria 300 euros.
El desglose del número de las aportaciones de 300 euros en la tarjeta de fidelidad E.Leclerc que se sortearán en las distintas localidades donde se ubican los hipermercados y supermercados se detalla en el Anexo III.
6.- Entrega de los premios.
Los vales de compra de 10, 30 y 50 euros, se entregarán inmediatamente tras la realización de la compra, y en el caso de E.Leclerc Soria y Salamanca deberán entregarse en Información o caja central para su ingreso en la tarjeta de fidelidad E.Leclerc del cliente premiado. El ingreso de las aportaciones de 300 euros en la tarjeta de fidelidad E.Leclerc tendrá lugar en cada establecimiento E.Leclerc a partir del día siguiente a la realización del sorteo. En este segundo caso, una vez que hubiera tenido lugar la confirmación por parte del ganador y sólo se hará en las tarjetas de fidelidad E.Leclerc de las personas cuyo nombre figure en el boleto de participación o a sus herederos legales.
Los boletos de la promoción fotocopiados no serán aceptados ni considerados válidos.
7.- Renuncia o imposibilidad de aceptación:
En el caso de que por cualquier circunstancia el premiado renunciara o por cualquier razón no pudiera aceptar la aportación de 300 euros, el hipermercado o supermercado E.Leclerc correspondiente no procederá a realizar ningún canje por dinero ni por cualquier otro premio distinto al descrito.
8.- Período de reclamación:
El período para interponer cualquier reclamación por quien tenga derecho a ella, relativa a la celebración de la promoción, finalizará transcurridos 21 días naturales desde la fecha de celebración del sorteo.
9.- Fiscalidad de los premios:
Cada una de las sociedades explotadoras de un establecimiento E.Leclerc realizará sobre el premio la retención o ingreso a cuenta que de acuerdo con la normativa fiscal en vigor sea aplicable en el momento de su entrega.
El ingreso de dicha retención en la Agencia Tributaria o Diputación Foral correrá a cargo de cada una de las sociedades explotadoras de un establecimiento E.Leclerc. En cualquier caso, estas sociedades emitirán en su momento al ganador, a los efectos de su declaración de IRPF, el correspondiente certificado de retenciones e ingresos a cuenta.
El ganador del premio deberá integrar en su base imponible de la declaración del IRPF del correspondiente ejercicio fiscal, la valoración del premio más el ingreso a cuenta que la sociedad explotadora del hipermercado E.Leclerc realizó.
10.- Derechos de imagen:
El ganador, al aceptar el premio, consiente y autoriza a la mención de su nombre y la utilización gratuita de su imagen en la página web de E.Leclerc o en cualquier otro soporte comercial, publicitario o medio de comunicación que pueda utilizar cualquiera de las empresas asociadas al Movimiento E.Leclerc o cualquier entidad por ésta autorizada, a fin de informar y hacer público el resultado de la promoción y de promover de forma positiva la imagen de E.Leclerc. El ganador, al aceptar lo anterior se compromete, en caso de que así le fuera requerido por E.Leclerc, a facilitar gratuitamente una imagen personal y/o a que se le realice una o varias fotografías con el único fin de dar publicidad a la promoción, a los establecimientos E.Leclerc y/o a los productos ofrecidos en ellos.
Asimismo, y en cumplimiento de lo dispuesto Reglamento (UE) 2016/679 de protección de datos de carácter personal, los agraciados autorizan expresamente a las empresas asociadas al Movimiento E.Leclerc la utilización de sus datos personales para reseñar los mismos en carteles, folletos, reportajes audiovisuales o cualquier otro medio de difusión en relación al premio obtenido.
11.- Aceptación de las bases:
Se informa a los posibles participantes que el simple hecho de participar en la promoción implica la total aceptación de las presentes bases que han sido depositadas ante Notario, y además están publicadas en la página web de E.Leclerc: www.e-leclerc.es
12.- Legislación y jurisdicción aplicable:
Estos términos y condiciones se regirán por las leyes del Estado español, y las partes aceptan someterse a la jurisdicción exclusiva de los tribunales españoles.
13.- Protección de datos personales:
La recogida y el tratamiento de los datos se realizará de conformidad con las exigencias del Reglamento (UE) 2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en adelante, el “Reglamento General de Protección de Datos” o “RGPD”)
Responsable del tratamiento
E.Leclerc informa a los clientes que los datos personales que se les solicitan en el boleto de participación, y que libre y voluntariamente facilitan, serán recogidos y tratados por la sociedad explotadora de cada hipermercado E.Leclerc e incluidos en un fichero de su responsabilidad.
Cada una de las sociedades explotadoras de cada Hipermercado E.Leclerc será Responsable del tratamiento de su respectivo fichero, recogiéndose la información completa de cada Responsable en el Anexo I.
Cada uno de los Responsables se compromete a tratar los datos personales con total confidencialidad y respetando las técnicas y organizativas apropiadas a fin de garantizar y poder demostrar que el tratamiento es conforme con el RGPD.
Finalidad del tratamiento
Los datos recabados por los Responsables se tratarán con la finalidad principal de gestionar su participación en la promoción, una vez realizada y pasado el plazo de reclamaciones y de entrega de los premios también podrán ser utilizados para incluirlos en las bases de datos de cada una de las sociedades participantes en la misma, con el objetivo de enviar mediante sms, o cualquier otro medio, información de otras promociones o cualquier otro tipo de publicidad.
Legitimación
La base legal para el tratamiento de los datos del participante se fundamenta en el consentimiento que se le solicita mediante la aceptación de estas bases y con la firma del boleto de participación, consintiendo expresamente el tratamiento de sus datos personales por parte del Responsables del Tratamiento correspondiente a cada establecimiento E.Leclerc en el que participe.
En el supuesto de que no se suministren todos los datos de respuesta obligatoria se podrá proceder al bloqueo de la participación hasta la inclusión de los mismos. Los datos considerados como obligatorios serán los estrictamente necesarios para la finalidad del tratamiento anteriormente indicada.
Destinatarios
Los Responsables del tratamiento no cederán datos a terceros, salvo obligación legal.
Exactitud de los datos
En cumplimiento del principio de calidad de los datos personales, expresado en el artículo 5 d) del RGPD, el participante se compromete a facilitar datos verdaderos, exactos, completos y actualizados, de forma que respondan con veracidad a la situación de éste siendo el único responsable en caso de ser falsos, incompletos, no actualizados o inexactos.
Derechos del cliente
Los clientes pueden ejercitar sus derechos de acceso a sus datos personales, rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos.
Los clientes podrán solicitar la limitación u oposición al tratamiento de sus datos, en cuyo caso dejarán de utilizarse salvo que su conservación sea necesaria para el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
Los clientes podrán en todo caso solicitar el derecho a la portabilidad de sus datos, recibiendo del Responsable los datos personales que le incumban y le hubiese facilitado, en un formato estructurado, de uso común y lectura mecánica, y pudiendo transmitirlos a otro responsable del tratamiento sin que lo impida el Responsable al que se los hubiera facilitado. Este derecho podrá ejercerse siempre que el cliente no hubiese ejercido anteriormente su derecho de supresión o los datos hubiesen sido cancelados por el Responsable al terminar la finalidad principal por la que fueron recabados.
El cliente tendrá derecho a retirar el consentimiento otorgado para cualquier finalidad en cualquier momento, sin que dicha retirada afecte a la licitud del tratamiento basada en el consentimiento previo a su retirada.
Todos estos derechos podrá ejercitarlos de forma gratuita dirigiéndose al Responsable del tratamiento del hipermercado donde depositó el boleto, mediante el envío de una comunicación escrita, o mediante correo electrónico. Las direcciones físicas y electrónicas de cada Responsable vienen recogidas en el Anexo 1, debiendo incluir el cliente en la comunicación sus datos personales para poder tramitar el derecho exigido en cuestión.
El Responsable del tratamiento facilitará al interesado información relativa a sus actuaciones sobre la base de una solicitud de ejercicio de derechos y, en cualquier caso, en el plazo de un mes a partir de la recepción de la solicitud.
Dicho plazo podrá prorrogarse otros dos meses en caso necesario, teniendo en cuenta la complejidad y el número de solicitudes. El responsable informará al interesado de cualquiera de dichas prórrogas en el plazo de un mes a partir de la recepción de la solicitud, indicando los motivos de la dilación.
Cuando el interesado presente la solicitud por medios electrónicos, la información se facilitará por medios electrónicos cuando sea posible, a menos que el interesado solicite que se facilite de otro modo.
Si el responsable del tratamiento no da curso a la solicitud del interesado, le informará sin dilación, y a más tardar transcurrido un mes de la recepción de la solicitud, de las razones de su no actuación y de la posibilidad de presentar en todo caso una reclamación ante una autoridad de control y de ejercitar acciones judiciales.
Si ha ejercitado cualquiera de los derechos indicados en este párrafo, y el Responsable del tratamiento, no le ha contestado en plazo, o ha recibido respuesta y la misma es insatisfactoria, puede interponer una reclamación de tutela de derechos ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD):
Para interponer esta reclamación de tutela de derechos puedes:
– Utilizar la sede electrónica de la Agencia: https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/vistas/formReclamacionDerechos/reclamacionDerechos.jsf
– Enviar la correspondiente reclamación dirigida a la Subdirección de Inspección de esta Agencia, calle Jorge Juan, 6-28001-Madrid.
Se recuerda que en ambos casos, se deberá acompañar la documentación pertinente, como puede ser la copia del ejercicio de su derecho, así como la respuesta recibida (si le han enviado la misma).
También se puede presentar un escrito de denuncia en caso de infracción del RGPD de la siguiente manera:
– Mediante escrito de denuncia enviado por correo postal (Subdirección General de Inspección de Datos de esta Agencia, calle Jorge Juan, 6-28001-Madrid), o a través de los registros de las Administraciones públicas, o
– Utilizando la sede electrónica de la AEPD (https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/vistas/infoSede/inicio.jsf) conforme a los requisitos ahí determinados.
Los modelos de denuncia están disponibles en la propia Sede Electrónica de la AEPD (https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/vistas/formNuevaDenuncia/nuevaDenuncia.jsf)
ANEXO I:
SOCIEDADES EXPLOTADORAS DE LOS ESTABLECIMIENTOS E.LECLERC PARTICIPANTES EN ESTA PROMOCIÓN.
| RAZÓN SOCIAL, CIF. | DIRECCION | POBLACIÓN |
| CARBADIS, S.L. | Avda. de E. Leclerc 1 | SALAMANCA |
| CIF: B-37333093 | 37900 Carbajosa de la Sagrada | |
| EUROHIPER DISTRIBUCION, S.L. | Ctra. Porzuna s/n. | CIUDAD REAL |
| CIF: B-13202460 | 13002 Ciudad Real | |
| IRUÑADIS, S.L. | Barrio la Morea s/n | NAVARRA |
| CIF: B-71376677 | 31191 Cordovilla | |
| MAJADADIS, S.L | Ctra. El plantío Toys | MAJADAHONDA (MADRID) |
| CIF: B-86234507 | 28220 Majadahonda | |
| MIRANDADIS, S.L | P.I. Las Californias – C.P.: 09200 | MIRANDA DE EBRO (BURGOS) |
| CIF: B-83080754 | Ctra. de Bilbao Apdo. 366 | |
| NOVARANDIS, S.L. | Paseo del Deleite s/n | ARANJUEZ (MADRID) |
| CIF: B-88373865 | 28300 Aranjuez | |
| SORIADIS, S.L | Pol. Ind. Las Casas | SORIA |
| CIF: B-42141176 | C/ J parc. Nº 290, C.P.: 42005 | |
| TORIODIS, S.L | P.I. Trobajo del Camino | LEÓN |
| CIF: B-24322109 | Avda. Párroco Pablo Díez s/n – C.P.: 24010 | |
| TRUJILLODIS, S.L | Avda. de Extremadura 15 | TRUJILLO (CÁCERES) |
| CIF: B-83960922 | 10200 Trujillo | |
| VALDEMODIS, S.L | C.C El Reston. Avda del Mediterráneo | VALDEMORO (MADRID) |
| CIF: B-86234309 | esquina con C/Ágora C.P:28340 | |
| VITORIADIS, S.L.U. | C/ Mahatma Gandhi 1 | VITORIA-GASTEIZ (ÁLAVA) |
| CIF: B-01384205 | 01015 Vitoria-Gasteiz |
ANEXO II:
DESGLOSE DEL NÚMERO E IMPORTES (10€, 30€ o 50€) DE VALES DE COMPRA QUE SE SORTEARÁN POR LOCALIDAD.
| VALES DE 10 EUROS | VALES DE 30 EUROS | VALES DE 50 EUROS | TOTAL VALES | IMPORTE TOTAL | |
| ARANJUEZ | 1.377 | 74 | 24 | 1.475 | 17.190 € |
| CIUDAD REAL | 1.741 | 1 | 1 | 1.743 | 17.490 € |
| LEÓN | 1.917 | 15 | 15 | 1.947 | 20.370 € |
| MAJADAHONDA | 296 | 52 | 26 | 374 | 5.820 € |
| MIRANDA DE EBRO | 406 | 80 | 56 | 542 | 9.260 € |
| PAMPLONA | 698 | 168 | 26 | 892 | 13.320 € |
| SALAMANCA | 1.477 | 100 | 50 | 1.627 | 20.270 € |
| SORIA | 1.084 | 200 | 31 | 1.315 | 18.390 € |
| TRUJILLO | 220 | 24 | 8 | 252 | 3.320 € |
| VALDEMORO | 601 | 30 | 6 | 637 | 7.210 € |
| VITORIA | 670 | 83 | 20 | 773 | 10.190 € |
| TOTAL | 10.487 | 827 | 263 | 11.577 | 142.830 € |
ANEXO III:
DESGLOSE DEL NÚMERO DE APORTACIONES EN LA TARJETA DE FIDELIDAD E.LECLERC DE 300 EUROS QUE SE SORTEARÁN POR LOCALIDAD.
| LOCALIDAD | Nº TICKETS E.LECLERC 300 EUR | VALOR TOTAL |
| ARANJUEZ | 2 | 600 € |
| CIUDAD REAL | 1 | 300 € |
| LEÓN | 4 | 1.200 € |
| MAJADAHONDA | 2 | 600 € |
| MIRANDA DE EBRO | 3 | 900 € |
| PAMPLONA | 8 | 2.400 € |
| SALAMANCA | 1 | 300 € |
| SORIA | 2 | 600 € |
| TRUJILLO | 1 | 300 € |
| VALDEMORO | 1 | 300 € |
| VITORIA | 1 | 300 € |
| TOTAL | 26 | 7.800 € |